El Tribunal Supremo Electoral determinó que tres agrupaciones indígenas no podrán postular candidatos a nivel nacional por restricciones establecidas en la Ley 1096.

La Paz, 6 de mayo de 2025. — El Tribunal Supremo Electoral (TSE) resolvió que tres organizaciones indígenas no podrán participar en los comicios generales debido al incumplimiento de requisitos establecidos en la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, según informó el vocal Gustavo Ávila en conferencia de prensa.

Las entidades solicitantes son el Concejo Nacional de Suyus Aymaras y Quechuas del Qullasuyo (Consaq-Bolivia), la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano (Cidob) y la Coordinadora Nacional de Autonomías Indígena Originario Campesinas (Conaioc).

De acuerdo con Ávila, la decisión se basa en informes técnicos y legales que concluyen que ninguna de las organizaciones cumple con las condiciones exigidas por la normativa vigente. Entre las observaciones, se señaló que la Ley 1096 limita la participación de pueblos indígenas a elecciones subnacionales, y no contempla su postulación directa a cargos nacionales, salvo en circunscripciones especiales.

“Cuando solicitan presentar candidatos en el nivel nacional es el primer incumplimiento”, explicó el vocal. Añadió que otra causa para la exclusión es la falta de personería jurídica en dos de las tres organizaciones solicitantes.

La autoridad electoral indicó que la Sala Plena del TSE adoptó la determinación por mayoría, respaldada por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y en la legislación electoral. Mientras tanto, el proceso rumbo a las elecciones generales continúa en el marco del calendario electoral previsto.