Sucre, 7 de agosto de 2024 – El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por Juan José Jauregui Ururi, Diputado Titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). Este recurso cuestiona la constitucionalidad de los artículos 152 del Código Procesal Constitucional (CPCo) y el penúltimo párrafo del artículo 23 de la Ley de Régimen Electoral (LRE), argumentando que son contrarios a varios artículos de la Constitución Política del Estado (CPE).
La acción de Jauregui busca permitir al presidente Luis Arce convocar al referéndum anunciado el pasado 6 de agosto sin la necesidad de una ley de convocatoria aprobada por la Asamblea Legislativa. En su discurso, Arce propuso consultar a la población sobre la distribución de escaños parlamentarios, la subvención a los carburantes y la reelección presidencial.
El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) presentó este recurso ante el TCP debido a la falta de apoyo y votos que enfrenta Arce en el Legislativo, lo que dificulta la aprobación de la ley necesaria para convocar el referéndum. Jauregui argumenta que los artículos impugnados del CPCo y la LRE son contrarios a los principios democráticos y a los derechos del pueblo boliviano establecidos en los artículos 7, 109.1, 178.I, 410 y 411.II de la CPE.
El artículo 23 de la LRE establece que cualquier reforma parcial de la Constitución requiere la aprobación de una ley por dos tercios de los miembros presentes de la ALP y su posterior aprobación mediante un referéndum constitucional. La admisión de este recurso por parte del TCP abre la posibilidad de que el presidente Arce convoque directamente al referéndum sin esperar la aprobación legislativa.
La decisión del TCP sobre esta acción de inconstitucionalidad será crucial para el desarrollo de los próximos pasos en el proceso de reforma constitucional y la convocatoria al referéndum propuesto por el presidente Arce.