La resolución establece que la reelección indefinida no es un derecho humano y debe aplicarse a todos los cargos electivos, incluyendo la Presidencia del Estado.

La Paz, 17 de mayo de 2025. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificó este viernes al Tribunal Supremo Electoral (TSE) con la Sentencia Constitucional 007/2023, que establece la imposibilidad de habilitar la reelección indefinida para cargos electivos en Bolivia, incluyendo al cargo de Presidente del Estado.

Funcionarios del TCP entregaron oficialmente la notificación en instalaciones del TSE. La sentencia, emitida el 29 de diciembre de 2023, determina que la reelección indefinida, sea continua o discontinua, no está contemplada como un derecho humano en la Constitución Política del Estado ni en los tratados internacionales suscritos por Bolivia.

La decisión del TCP responde a una acción de inconstitucionalidad abstracta planteada por legisladores, y revierte el fallo 084/2017 que en su momento habilitó la postulación indefinida. La nueva sentencia dispone que los límites constitucionales a la reelección deben ser respetados por todos los órganos del Estado y aplicarse en todos los niveles de gobierno.

El documento establece además que cualquier intento de habilitación que contravenga este criterio será considerado nulo de pleno derecho, reforzando la obligación del TSE de aplicar lo dispuesto por el TCP en sus futuras decisiones sobre candidaturas.

La notificación ocurre en medio de movilizaciones de sectores afines a Evo Morales, que anunciaron su intención de inscribirlo como candidato para las elecciones generales del 17 de agosto. Sin embargo, con la sentencia en firme y oficialmente comunicada, el TSE está obligado a acatar la disposición constitucional, lo que impediría habilitar al exmandatario como postulante.

Morales ejerció la presidencia entre 2006 y 2019, y actualmente no cuenta con una sigla registrada ante el TSE que respalde una eventual candidatura. Además, enfrenta una orden de aprehensión judicial por un proceso penal pendiente en Tarija.

Con esta notificación, el proceso electoral avanza bajo el marco de la sentencia 007/2023, que sienta jurisprudencia sobre los límites de reelección en el país.