El fallo exhorta al Tribunal Supremo Electoral a cancelar la personería jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS).

Beni, 29 de mayo de 2025. La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni emitió una medida cautelar que prohíbe al Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitar al Movimiento Tercer Sistema (MTS) para los comicios nacionales programados para el 17 de agosto de 2025. La resolución también exhorta a la autoridad electoral a emitir la cancelación de la personería jurídica de dicho partido.

El fallo fue comunicado mediante una complementación y enmienda de la Resolución Constitucional 051/2025. La decisión judicial establece que se busca “evitar un daño inminente, irreparable o irremediable a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de ambas partes”.

Según el documento difundido por medios oficiales, el TSE deberá suspender de inmediato tanto la participación del MTS en las elecciones como la inscripción de sus candidaturas, hasta cumplir con lo ordenado en el punto 1 de la resolución mencionada, cuyo contenido específico no fue divulgado.

La medida fue dispuesta como respuesta a una acción legal interpuesta por Peter Erlwein Beckhauser, que también frenó el registro de candidaturas de Alianza Popular, agrupación que impulsa la postulación presidencial de Andrónico Rodríguez y Mariana Prado.

El cumplimiento del fallo debe ser inmediato y comunicado a todas las partes involucradas, conforme a lo instruido por la autoridad judicial.