Santa Cruz, 13 de marzo de 2025 – El Ministerio de Justicia, mediante una Acción Constitucional de Libertad, logró que se anule la sentencia 6 años de prisión, dictada contra un adolescente de 17 años autor confeso de violación e infanticidio de una bebé de 1 año y 3 meses en Santa Cruz. Este caso pasó también a revisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en búsqueda de una condena mayor.
“Se ha anulado la sentencia (de seis años) y el próximo paso que se va a realizar es la nueva valoración de todos estos elementos jurídicos que se han presentado a través del Ministerio de Justicia para una nueva sentencia”, informó la viceministra de Igualdad de Oportunidades, Miriam Huancani.
El hecho que indignó y consternó a la población ocurrió el 03 de marzo en el Plan Tres Mil, de Santa Cruz. La progenitora Gina O. Z., de 24 años, llevó a su pequeña sin vida a un centro médico alegando que, por accidente, aplastó a su hija cuando le daba de lactar.
Sin embargo, la autopsia develó que fue agredida sexualmente y que murió producto de múltiples golpes que le provocaron fracturas en el cráneo y el tórax.
El padrastro, de 17 años, Osman J. D. O., fue capturado y sentenciado a seis años por el horrendo crimen. En tanto, la mujer tiene detención preventiva en la cárcel de Palmasola.
Este crimen consternó a la población que pasó de la indignación a la acción y movilización, y el Ministerio de Justicia fundamentó que los derechos de la bebé deben priorizarse para que el infanticida y violador reciba una condena máxima.
“No podemos seguir permitiendo este tipo de crímenes atroces contra la niñez. Una niña de 1 año y 3 meses, no podía hablar, ni siquiera gritar y el padrastro de 17 años que, sin piedad, la viola y posteriormente la mata (…). Si bien el Código Niño, Niña y Adolescente dice ‘a los 16 años la pena máxima es de 6 años’, por encima de nuestras normativas se encuentran los estándares internacionales”, aseveró en entrevista con Bolivia Tv.
Huancani remarcó que, en este caso, la juez debería haber valorado estos estándares internacionales que exige a los Estados aplicar la normativa en favor de la niñez, es decir, de la niña que no podía hablar y que estaba en un alto grado de indefensión.
“La juez debe valorar estos estándares internacionales, siempre velando la protección de la niña que ha sido expuesta a mayor vulnerabilidad. Estamos exigiendo, a través de estos fundamentos jurídicos, que se pueda dar una pena de acuerdo a la gravedad de los hechos. El Tribunal Constitucional también lo revisará”, precisó la autoridad.
La Sentencia dictada en la Acción de Libertad será remitida al Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión.
Fuente: ABI